Conferencia de Mónica Fernández Armesto, residente, Doctoranda en Historia Moderna. Universidad de Santiago de Compostela.
A diferencia del ordenamiento jurídico actual, basado en el principio de legalidad, el ordenamiento jurídico de Antiguo Régimen se vertebra sobre la noción de privilegio. Ciertas instituciones o corporaciones, legalmente provistas de este, contaron con tribunales propios ˗especiales o privativos˗ a los que llevar sus asuntos e, incluso, las causas personales de sus miembros. Así pues, el privilegio jurídico fue más allá del nacimiento, siendo susceptible de adquirirse por vicisitudes de la vida de una persona. El problema estribó en que lo que, en principio, había sido concebido para una minoría, acabó arrastrando a un número elevado de personas debido a la multiplicación de fueros y tribunales especiales en el curso de los siglos modernos. Sobre esto último obraron razones políticas que, más allá de condicionar los itinerarios judiciales de la gente común, tuvieron consecuencias en contra de la propia monarquía que, habitualmente, hubo de enfrentarse a instituciones que pretendían hacer valer el privilegio propio antes que la justicia real. Más allá de abordar las implicaciones del privilegio para una minoría, en la presente conferencia se ahondará en sus relaciones de justicia con la mayoría no privilegiada, así como los mecanismos de la Corona para poner coto a lo que se consideraba excesos de los tribunales especiales.